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Convocatoria para el periodo 2021-2023 de los incentivos para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000)
Convocatoria abierta
El BOJA de 29 de octubre de 2021 publica la Resolución de la Agencia Andaluza de la Energía por la que se convocan para el periodo 2021-2023 los incentivos para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), acogidos al Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto.
En esta convocatoria, financiada con el Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, se entenderá por “municipios de reto demográfico”, los municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes.
Tipos de actuaciones subvencionables:
- Mejora de la envolvente térmica.
- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, como:
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- Sustitución energía convencional por energía solar térmica.
- Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
- Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
- Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación no incluidos anteriormente, como la bomba de calor.
- Mejora de la eficiencia energética de subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.
- Mejora de las instalaciones de iluminación.
Requisitos para poder acogerse al programa.
Las actuaciones para las que se solicite las ayudas deberán justificar la reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable y alcanzar un salto de una letra en las emisiones de dióxido de carbono con respecto a su situación de partida, mediante el certificado de eficiencia energética del edificio en su estado actual y el alcanzado tras la reforma.
Además hay que incluir un estudio de gestión de residuos y demolición donde se cumpla que, al menos, el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos generados en el sitio de construcción, se preparan para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales.
En general, se debe limitar la generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición.
Así mismo, los edificios deben de haber sido construidos antes de 2007, y deberán mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, una letra, medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2 /m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio.
Más información:
Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-13268
Resolución de la Agencia Andaluza de la Energía – Convocatoria:
https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2021/209/BOJA21-209-00019-17169-01_00200905.pdf
Extracto de la convocatoria;
https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2021/209/BOJA21-209-00003-17170-01_00200906.pdf