El BOJA de 29 de octubre de 2021 publica la Resolución de la Agencia Andaluza de la Energía por la que se convocan para el periodo 2021-2023 los incentivos para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), acogidos al Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto.
En esta convocatoria, financiada con el Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, se entenderá por “municipios de reto demográfico”, los municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes.
Tipos de actuaciones subvencionables:
- Mejora de la envolvente térmica.
- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, como:
-
- Sustitución energía convencional por energía solar térmica.
- Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
- Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
- Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación no incluidos anteriormente, como la bomba de calor.
- Mejora de la eficiencia energética de subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.
- Mejora de las instalaciones de iluminación.
Requisitos para poder acogerse al programa.
Las actuaciones para las que se solicite las ayudas deberán justificar la reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable y alcanzar un salto de una letra en las emisiones de dióxido de carbono con respecto a su situación de partida, mediante el certificado de eficiencia energética del edificio en su estado actual y el alcanzado tras la reforma.
Además hay que incluir un estudio de gestión de residuos y demolición donde se cumpla que, al menos, el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos generados en el sitio de construcción, se preparan para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales.
En general, se debe limitar la generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición.
Así mismo, los edificios deben de haber sido construidos antes de 2007, y deberán mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, una letra, medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2 /m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio.
Más información:
Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-13268
Resolución de la Agencia Andaluza de la Energía – Convocatoria:
https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2021/209/BOJA21-209-00019-17169-01_00200905.pdf
Extracto de la convocatoria;
https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2021/209/BOJA21-209-00003-17170-01_00200906.pdf



















