Adaptación de los sistemas informáticos de facturación. VERI*FACTU.

VERI*FACTU. Noticias y plazos de adaptación

Noticia importante: El BOE de 3 de diciembre de 2025 publica el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, por el que se modifica del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre para aplazar un año las obligaciones de adaptación y la entrada en vigor de VERI*FACTU, quedando las fechas definitivas fijadas en el 1 de enero de 2027 y 1 de julio de 2027, según el tipo de obligado.


Jornada técnica del CSCAE – «La profesión de arquitecto y la entrada en vigor de VERI*FACTU a partir del 1 de enero de 2026»


La entrada en vigor del RD 1007/2023 (modificado por RD 254/2025), sobre el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales autónomos y la estandarización de formatos de los registros de facturación (RRSIF), supone la modificación de los sistemas informáticos de facturación que se han venido utilizando, los cuales deberán ser adaptados a los siguientes requisitos para la emisión de facturas:

  • Generar registros de facturación en un formato seguro y normalizado.
  • Incluir un código QR en factura.
  • Permitir la remisión a la Agencia Tributaria de los registros de facturación, manteniéndolos inalterados.

No estará obligado a cambiar su sistema de facturación, quien ya utiliza el Suministro Inmediato de Información (SII). El calendario de adaptación de los sistemas de facturación son los siguientes:

  • 1 de enero de 2026 para los obligados tributarios contribuyentes del Impuesto de Sociedades.
  • 1 de julio de 2026 para las demás empresas y autónomos que utilicen sistemas informáticos de facturación.

Hay dos modalidades de adaptación del sistema informático de facturación, siendo voluntario elegir cualquiera de ellas:

    1. VERI*FACTU: es la modalidad que remite de forma automática a la Agencia Tributaria los registros de facturación generados, permitiendo que los clientes puedan verificar sus facturas. También permitirá acceder a otros servicios de asistencia tributaria. La Agencia Tributaria tiene en su sede electrónica la aplicación informática gratuita -modalidad VERI*FACTU- para emitir las facturas cumpliendo la normativa: www.sede.agenciatributaria.gob.es
    2. NO VERI*FACTU: no realizan esa remisión, ni permiten la verificación, y tienen que asegurar que sus registros de facturación permanecen inalterados.

Puede encontrar más información en los siguientes enlaces:

Entradas relacionadas